¿EXTINCIÓN DE DOMINIO?
- Argelia Vélez
- 23 sept 2019
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 3 nov 2020
Seguramente has oído hablar del tema, pero ¿Qué quiere decir? y ¿De qué manera te puede afectar?
La extinción de dominio en pocas palabras quiere decir que, si un bien de tu propiedad es utilizado, ya sea por ti o por un tercero, para un fin ilícito, el gobierno puede quitártelo sin darte a cambio ninguna contraprestación o compensación. Con la reciente entrada en vigor de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, prácticamente se establecen como causales por las cuales te podría suceder esto, las situaciones que implican la comisión de un delito (crimen organizado, secuestro, venta de drogas, trata de personas, delitos contra la salud, delitos en materia de hidrocarburos, etc.)
Pero bueno... Y si tú no cometes ninguno de los delitos previamente mencionados, ¿Cómo es que te puede afectar?
Supongamos que eres dueño de una casa y decides rentársela a un determinado inquilino. Por el simple hecho de que este inquilino utilice la casa de tu propiedad para cometer cualquiera de los delitos mencionados por esta ley, la autoridad tiene el derecho a quitarte esa propiedad. Sin importar si estabas o no enterado de lo que estaba sucediendo y sin compensación alguna por habértela quitado ¿Injusto o no? Posiblemente. Lo peor no es que te quiten tu propiedad, sino que no se necesita que exista una demanda de por medio, sino que puede dictarse como una medida cautelar (¿What? O sea, para prevenir de manera anticipada a que exista una resolución definitiva o condenatoria), en caso de que se sospeche o se presuma que se están cometiendo delitos en el inmueble.
Por ello, te damos los siguientes consejos en caso de que tengas propiedades y decidas otorgarlas en arrendamiento:
1. Estar atento a que tu inquilino no este cometiendo ninguna actividad ilícita dentro del bien que le estás rentando, para que de ser así tengas la oportunidad de hacer algo al respecto.
2. Establecer una cláusula en tu contrato de arrendamiento que te permita hacer revisiones periódicas en el inmueble de tu propiedad para poder llevar a cabo lo mencionado en el punto anterior.
Suena absurdo, pero es la máxima protección a nivel contrato que puedes tener por el momento si te dedicas al arrendamiento de inmuebles, y aunque es probable que, en caso de sucederte, se pudiera acreditar tu buena fe, tanto de la adquisición del inmueble como del destino o el uso que le estas dando, también es una ley que no otorga seguridad jurídica a quien es el dueño del inmueble y que viola el principio de presunción de inocencia. Aunque visto desde otro punto de vista (el de los legisladores, por ejemplo) podría ser una manera más efectiva para combatir la delincuencia. ¿Tú qué opinas?

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